28 julio 2008

ESTADO ARGENTINO Y LA DISCRIMINACION RELIGIOSA

Una simple lectura al artículo 2 de Nuestra Constitución Nacional conjuntamente con el status jurídico que se le brinda en el Código Civil (Art. 33 INC. 3), nos permite afirmar que el Estado argentino ha reconocido la comunión Católica, Apostólica Romana como la religión del Estado brindándole, como consecuencia, una mayor protección y trato diferenciado (examínese el Estatuto de 1815, el Reglamento Provisorio de 1817, las Constituciones de 1819 y 1826; la discusión de los textos constitucionales de 1853; la Convención Provincial de 1860, la Convención de 1949 y la Convención de 1994), con respecto a las distintas confesiones con arraigo en nuestro país como, por ejemplo, la protestante o evangélica, la judía y la musulmana. Sumemos a lo dicho, el animus de controlar los distintos grupos religiosos a través de leyes como la 21.745, dictada en época de la dictadura militar y asombrosamente aún vigente. Esta actitud de control por parte del Estado es lo que Julián Marías denomina “espíritu totalitario” que “…consiste en considerar que nada es irrelevante, que de nada se puede prescindir, que es menester la intervención y manipulación de todo absolutamente. Para esto ayuda mucho, por supuesto, tener el poder del Estado, pero no es necesario: ese espíritu se da en Estados totalitarios y fuera de ellos, puede actuar en cualquier tipo de sociedades y muy especialmente en sociedades libres…” (“Sobre el Cristianismo”, Ed. Planeta, pág. 62).-

Ese “espíritu totalitario” actúa hoy en la Argentina ya que, como decíamos, gracias al ordenamiento jurídico la Iglesia Católica Romana tiene el monopolio religioso y un status constitucional preferencial a otras confesiones religiosas que deriva en una DESIGUALDAD en la libertad de cultos, desigualdad que se viene arrastrando desde la época colonial hasta nuestros días. Pero hoy, ya no se puede mantener esa situación dado que en nuestro país tenemos una realidad pluriconfesional como nunca antes se había visto, que impone una REVISION del factor religioso para así poder llegar a una modificación o creación legislativa que permita establecer una verdadera igualdad en el tratamiento de la libertad de cultos. Lamentablemente, se perdió una excelente oportunidad en la pasada reforma constitucional del año 1994.-


El Estado argentino no sólo “sostiene”, tal como manda el artículo 2 de la Constitución Nacional, UN culto en detrimento de los demás, avasallando derechos constitucionales (artículos 16 y 17 de la Carta Magna) de aquellos ciudadanos que profesan un culto diferente al de la Iglesia de Roma o que no profesan ninguno, sino que también da una decidida protección moral, a dicha Iglesia, cosa que no hace con las otras confesiones (Derecho Constitucional, Pablo A. Ramella, pág. 197, ed. Depalma, 1986, ed. actualizada).

Esa protección moral se ve, por ejemplo, cuando en las Fuerzas Armadas de la Nación se nombran capellanes pertenecientes UNICAMENTE a credo de la Iglesia Católica Romana, cuando seguramente en sus filas hay miembros que profesan otra fe o no tienen ninguna; o en las Instituciones Penitenciarias que no tienen un capellán o representante permanente de las distintas religiones que profesan los empleados o reclusos, violándose, en este último caso, el artículo 41 de las Reglas Mínimas para el Tratamiento de los Reclusos, que forma parte del Acuerdo Internacional sobre Libertad Religiosa firmado en el año 1953.-

Esta preferencia y protección moral a la Iglesia de Roma, lleva al absurdo de imponer una religión a las Instituciones de la Nación o de las Provincias, cuando por lógica, sólo los ciudadanos que las integran son los que profesan una fe o no profesan ninguna.-

Por lo expuesto, podemos afirmar que aquellos que practicamos una fe distinta a la de la Iglesia de Roma, somos DISCRIMINADOS. Veamos: el artículo 2 de la Declaración Sobre la Eliminación de Todas las Formas de Intolerancia Fundadas en la Religión o las Convicciones, aprobada por las Naciones Unidas el 25-11-81, define como “intolerancia y discriminación” basadas en la religión o convicciones, lo siguiente: “Toda distinción, exclusión, restricción o preferencia fundada en la religión o en las convicciones y cuyo fin o efecto sea la abolición o el menoscabo del reconocimiento, el goce o el ejercicio en pie de igualdad de los derechos humanos y las libertades fundamentales”. (las negritas son del autor). Sin mayor esfuerzo, se puede ver que el Estado argentino distingue (art. 323 Código Civil), prefiere (art. 2 Constitución Nacional) y menoscaba (Ley de Cultos 21.745) a sus ciudadanos en materia religiosa.-

De lo expuesto, se desprende que:

• El Estado argentino siempre ha dirigido el factor religioso;
• La Iglesia Católica Apostólica Romana, está jurídicamente en situación preferencial al resto de las confesiones; v.gr., sus bienes no pueden ser embargados, mientras que el de otras confesiones sí;
• La misma Iglesia citada anteriormente es la única sustentada por el Tesoro Nacional y apoyada moralmente por el Estado. Ej. Nombramiento únicamente de capellanes de la Iglesia de Roma en las Fuerzas Armadas de la Nación y de Seguridad Nacionales y Provinciales.
• En atención a lo escrito en los puntos anteriores, se produce una seria DISCRIMINACION hacia el resto de las confesiones.-

Vaya como mayor abundamiento lo dicho por el Concilio Vaticano II en su “Constitución Pastoral sobre la Iglesia en el Mundo Actual”: “la comunidad política y la Iglesia, ambas al servicio de la persona, son entre sí independientes. La Iglesia Católica cuando y donde su misión le exija, se vale de las cosas temporales, pero no pone las esperanzas en los privilegios ofrecidos por la autoridad civil, incluso está dispuesta a renunciar también a estos privilegios legítimos cuando su uso pueda poner en duda la sinceridad de la Iglesia” y la Declaración Dignitatis Humanae de la misma Iglesia sobre la liberta religiosa dice: “…la autoridad civil cuyo fin propio es velar por el bien común temporal, debe reconocer la vida religiosa de los ciudadanos y favorecerla pero hay que afirma que excede sus límites si pretende dirigir o impedir los actos religiosos”.-

El camino está a la vista; sólo hay que explorarlo y orar a Dios para que la equidad y justicia reine definitivamente en nuestro país y así, como Pastores y Capellanes, poder predicar a Nuestro Señor Jesucristo y asistir a nuestro prójimo, en todas las esferas de la vida nacional en un pie de igualdad con la Iglesia Católica, Apostólica Romana. Dios nos ayude. Amén.

Pr. Oscar José Reyes
DIRECTOR EJECUTIVO DE LA IGLESIA EVANGELICA DE DIOS Y CONSULTOR LEGAL DE LA ASOCIACION INTERNACIONAL HISPANOAMERICANA DE CAPELLANES.

4 Comments:

At 30 julio, 2008 19:51, Anonymous Anónimo said...

Bendiciones pastor, pero no me dice la pagina como. conectar la radio mientras navego por internet

 
At 04 agosto, 2008 09:35, Anonymous Anónimo said...

Programa

"+VIDA"

Rehabilitacion de las adicciones, programa externo integrante de la red nacional de rehabilitacion, capàcitacion y prevencion de las adicciones: Programa Vida

Dios los bendiga mi nombre es Carlos Cabrera y tengo el placer de dirigir este ministerio de rehabilitacion, capacitacion y prevencion de las adicciones.
tengo 37 años y estoy Casado felizmante con Gladys Acosta y tenemos una hemosa hija de 18 años llamada Vanina Marisol.
Fui drogadicto mas de 15 años, vivi en las calles 4 años como un (linyera) durmiendo en coches abandonados , plazas y estaciones de tren, estuve privado de mi libertad en varias ocaciones, en el año 94 por una causa mayor estuve en la unidad Nº 1 Lisandro Olmos, y por mi adiccion a las drogas estuve internado 2 años y medio internado en un centro de rehabilitacion. Dios me ayudo a salir, me dio fuerzas y sabiduria para superar mi problema y lo mas importante la capacidad de ayudar a otros.
Hoy Gracias a Dios le sirvo a El con un sentido de profunda responsabilidad y respeto abordando esta problematica que no solo amenaza a nuestros jovenes si no que los esta matando.
Hoy en dia nos desarrollamos en distintas responsabilidades:
-Miembros e integrantes del equipo de lideres de la Iglesia de Dios "en Victoria" del pastor Andres Contreras (4745 7564)
-Referentes de la juventud pentecostal de la zona norte (FECEP juvenil)
-Miembros de la gestion asociada de la municipalidad de San Fernando del area de adicciones (4580 5720)
-Operador socio terapeuta en adicciones
-Integrante del foro de defensa del niño y el adolecente de la ciudad de San Fernando.
Pero nuestra mayor responsabilidad es la de aportar un grano de arena en cuanto al cambio en la calidad de vida de nuestra ciudad, ya que junto con mi familia y el equipo de trabajo del programa somos deudores por tan grande salvacion recibida
Y quieremos manifestar nuestro agradecimiento a usted y su equipo por el trabajo realizado en su comunidad, sigamos adelante que juntos lo vamos a lograr " Por que las puertas del hades no prevaleceran contra la Iglesia"
Visita nuestro blog y ahi encontraras informacion util para leer y compartir referente a las adicciones y temas asociados y dejanos tus comentarios que los contestaremos a la brevedad, nos interesa tu opinion.
Dios los bendiga.Saluda atentamente. Carlos Cabrera
www.programamasvida.blogspot.com

 
At 18 noviembre, 2008 12:55, Blogger el redimido said...

HOLA SIERVO DEL ALTISIMO, me gozo y bendigo a Dios por la obra que hizo en tu vida y en la que a travez de ella bendice a tantas almas que estan tiradas al lado del camino heridos y ultrajados,tambien quiero ser ese posadero o ese burro que lleva al alma herida y necesitada para que ese buen samaritano lo sane,como tantas veces lo hemos hecho y llevado a los pies de cristo y a la iglesia, ahora sea tambien a los centros de rehabilitacion siempre me recuerdo que anduvimos sacandolos de los barrios y villas del gran bs as o predicado en las plazas o parado en alguna esquina de barrio o pasillo de la villa para plantar una semilla asi de vuelo y seguir viaje para no colgarse. te cuento hermano mio que sigo aca en el fin del mundo predicando el evangelio,en tierra del fuego y que estamos irrumpiendo con violencia en los cielos, arrebatando la bendicion,y aca ante la inoperancia e eficacia tanto del estado como de la iglesia católica (oficial, que mas que oficial , paso a ser degradada como soldado raso) en el area de rehabilitación de drogodependientes , no solo no contienen ni asisten al que esta tirado en la zanja , sino que nos los envian, asi es que no gastes pólvora en chimangos,ya sabemos los que leemos la palabra que su caida esta cercana (ap.17 ,18 ya cayo la terrenal irak ,en estos dias ya cayo la económica wall stret y a la ramera espiritual no le falta mucho ,de hecho aquí ya estamos gestionando la entrega en comodato de alguna propiedad del gobierno, ya que aca con fondos del gobierno y municipales hacen obras de todo tipo hasta en iglesias evangelicas , y esta buena obra ha sido bien vista, asi es que desde aqui te digo ,no te afanes ,y imparto la bendición hacia todos mis hermanos que estan esperando fieles el dia de nuestra redención, ya viene y aquí ya esta empezando a manifestarse en gloria a travez de nosotros sus hijos.
Al leer tu block buscaba algo que me ayude y oriente un poco en la diagramacion de actividades y talleres , ya que en mi congregación estamos abriendo en estos dias un centro de dia ambulatorio, y queria tomar ejemplo de tu experiencia en abrir centros y haber estado en ellos, desde ya te agradezco y espero tu respuesta ,y como dijeron de jesus " saldrá algo bueno de belén de judea ?" saldra algo bueno de la carlos gardel en caseros? o del vagon de un tren ? te mando un abrazo de oso hermanaso y un beso a gladis
jorge galvan. el22redimido@hotmail.com

 
At 28 diciembre, 2008 16:22, Anonymous Anónimo said...

Religión y política, no deberían mezclarse. Los gobiernos deberían velar por el bienestar de todos y cada uno de sus ciudadanos.

Saludos,
Mariana

Gracias.

 

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